El pacto de convivencia
Si no estáis casados, el Código Civil dice muy poco sobre vosotros: ni reparto tras una separación ni herencia. Por eso cuenta lo que escribís vosotros.
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Esto es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian de un país a otro, y a veces entre regiones o estados. Para vuestro caso, consultad con un abogado.
¿Qué es un pacto de convivencia?
Un contrato por escrito entre los dos para organizar la vida en común, sobre todo el dinero. Los contratantes pueden establecer los pactos que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público (Código Civil, art. 1255). Los contratos obligan sea cual sea su forma (art. 1278), así que no hace falta notario. Muchas parejas lo firman ante notario igualmente, en escritura pública, porque así queda una prueba clara de la fecha y del contenido.
¿Hay una ley para las parejas de hecho?
No una ley estatal que regule su economía. En 2013, el Tribunal Constitucional anuló los artículos de la ley madrileña de uniones de hecho que regulaban los pactos de la pareja, porque invadían la competencia del Estado en legislación civil (STC 81/2013). En los territorios con derecho civil propio, el Código Civil solo se aplica en defecto de sus normas (art. 13), y algunas tienen reglas propias para las parejas. Consultad las de vuestra comunidad.
¿Qué pasa sin pacto?
Muy poco está previsto. Cada uno conserva lo suyo, y lo que compráis juntos es de los dos en proindiviso, a partes iguales salvo que se pruebe otra cosa. La pensión compensatoria del Código Civil es para los cónyuges. Más detalles en Cuando una pareja de hecho se separa.
¿El pacto sirve para heredar?
No. Sin testamento, la pareja no casada no hereda según el Código Civil, y tampoco está entre los herederos forzosos (art. 807). Cada uno tiene que hacer su propio testamento: no se puede testar en un mismo documento para los dos (art. 669). El testamento ológrafo tiene que estar escrito todo a mano y firmado, con el año, el mes y el día (art. 688). También podéis hacerlo ante notario.
En el Impuesto sobre Sucesiones, la ley estatal pone a la pareja no casada en el grupo IV, el de los extraños, que no tiene reducción. Las comunidades autónomas pueden aprobar sus propias reducciones (Ley 29/1987, art. 20), y muchas lo hacen. Consultad las de vuestra comunidad.
¿Qué no se puede poner en el pacto?
Nada sobre la patria potestad de los hijos del otro: es de los progenitores (art. 154). El pacto tampoco cambia los impuestos, porque una pareja no casada no puede hacer la declaración conjunta (Ley del IRPF, art. 82). Más detalles en el glosario de la vida en pareja.
¿Qué poner en el pacto?
- Vivienda: de quién es, quién firmó el alquiler y quién puso la entrada.
- Bienes de cada uno: una lista sencilla de lo que trae cada uno, como anexo.
- Préstamos: quién firmó y quién paga qué cada mes.
- Gastos comunes: a medias, según los ingresos o con una cuenta común. Más detalles en Repartir el alquiler.
- Separación: quién puede quedarse en la vivienda y cómo se compra la parte del otro.
- Fallecimiento: el compromiso de que cada uno haga testamento, y los beneficiarios de los seguros de vida.
¿Dónde buscar ayuda?
En una notaría para el pacto en escritura pública o el testamento, y con un abogado para el asesoramiento jurídico. Releed el pacto cuando cambie algo importante: un hijo, otra vivienda, una herencia. Si compráis, leed también Comprar una vivienda en pareja.
Preguntas frecuentes
- ¿Hace falta notario para un pacto de convivencia?
- No. Un contrato obliga sea cual sea su forma. Pero firmarlo ante notario deja una prueba clara de la fecha y del contenido.
- ¿Heredamos el uno del otro con un pacto de convivencia?
- No. Cada uno tiene que hacer su propio testamento. En el Impuesto sobre Sucesiones, las reducciones dependen de vuestra comunidad autónoma.
Fuentes
- Código Civil – BOE (España)
- Sentencia 81/2013, de 11 de abril (Ley de la Asamblea de Madrid 11/2001, de uniones de hecho) – Tribunal Constitucional – BOE
- Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones – BOE (España)
- Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas – BOE (España)